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'Granma' dice que su diseño 'está basado en la necesidad de garantizar la recaudación de un respaldo financiero que apuntale los gastos sociales' del país.
 
Una nueva Ley del Sistema Tributario, que incluye un régimen especial para el sector agropecuario, entrará en vigor a partir de enero de 2013, informa este miércoles el diario oficial Granma.
 
La Ley, que no contempla impuestos sobre salarios, propiedad de la vivienda y remesas, fue aprobada en julio pasado por "unanimidad" por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
 
El vicepresidente del Consejo de Ministros, Marino Murillo Jorge, la presentó entonces como "una herramienta que contribuye a disminuir las desigualdades entre los ciudadanos dada su capacidad de redistribución de los ingresos", según recordó el diario del Partido Comunista .
 
Granma dijo que su diseño "está basado en la necesidad de garantizar la recaudación de un respaldo financiero que apuntale los gastos sociales a los que en Cuba se destina más de la mitad de los gastos corrientes del Presupuesto del Estado".
 
Además, busca crear "condiciones más favorables para la eficiencia empresarial" y que los gobiernos locales se impliquen "en la búsqueda de ingresos para sus presupuestos", indicó el diario.
 
La Ley fue publicada este miércoles junto a su Reglamento en la Gaceta Oficial.
 
Como informaron algunas agencias de prensa de julio pasado, prevé un régimen especial para el sector agropecuario, con una carga tributaria menor y la esperanza de "contribuir a incrementar las producciones agropecuarias y forestales y promover el uso racional de la tierra", según Granma.
 
Esto beneficiará tanto a productores individuales como a entidades que se dedican a la producción agropecuaria, añadió.
 
Los poseedores de tierras agrícolas estatales en usufructo serán exonerados de pagar durante dos años —a partir de la fecha de entrega de las tierras— impuestos sobre ingresos personales, propiedad o posesión de tierras y utilización de trabajadores. En los casos de agricultores en cuyos terrenos fue necesario eliminar plantas como el extendido marabú, el tiempo de exención llega a cuatro años.
 
El Gobierno incluye además en su Ley un impuesto de ociosidad de tierras que, dice, "busca desestimular el no aprovechamiento de las tierras y conducir a su propietario a la explotación en función de la producción".
 
De acuerdo con Granma, "tomando en cuenta que las condiciones no están creadas" las autoridades continuarán sin poner en práctica el impuesto sobre los salarios. Tampoco se exigirá, por el momento, el impuesto sobre la propiedad de las viviendas ni estarán gravadas las remesas que los cubanos reciben de sus familiares en el exterior.
 
El impuesto sobre los ingresos personales va del 15% para cuantías de hasta 10.000 pesos cubanos anuales, al 50% para cantidades superiores a los 50.000 pesos.
 
Los trabajadores por cuenta propia estarán exonerado del pago de las obligaciones tributarias por concepto de impuestos sobre las ventas, servicios, contratación de trabajadores e ingresos personales, durante los primeros tres meses de operaciones.
 
El tipo impositivo sobre ventas y servicios para los trabajadores por cuenta propia será de un 10%.
 
Para el arrendamiento de viviendas, espacios y habitaciones por los trabajadores por cuenta propia, se establece un tipo impositivo del 10% sobre los ingresos obtenidos durante el mes y el pago de cuotas mensuales a cuenta del impuesto sobre los ingresos personales.
 
En el caso de las cooperativas no agropecuarias, el tipo impositivo va de un 10 a un 45%, con 10.000 pesos cubanos libres de impuesto por cada socio.
 
"En comparación con el trabajo por cuenta propia, se prevé una carga tributaria menos gravosa para estimular la socialización en el ejercicio de las actividades", dijo el diario.
 
Señaló que uno de los cambios "novedosos" de la Ley es la disminución gradual del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, que se prevé pase de un 25 a un 5% en un plazo de cinco años.
 
En cuanto a la venta de viviendas y vehículos el impuesto sobre las transacciones se mantiene en el 4%, un 8% si se trata de una segunda vivienda o un segundo vehículo.
 
Junto a la ley ha sido publicado el Decreto No. 308, que detalla multas para los infractores y contempla el cierre de establecimientos y la retirada de licencias.

Fuente: Diario de Cuba

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