Por Lianet Arias Sosa.La Habana, 10 sep (PL) Los acuerdos adoptados en mayo pasado por el Consejo de Ministros cubano para continuar flexibilizando el trabajo por cuenta propia ya entraron en vigor, divulgó hoy aquí el diario Granma. El periódico refirió la publicación en el sitio digital de la Gaceta Oficial de la República de Cuba de los números extraordinarios 28 y 29, donde están contenidos los decretos-leyes y las resoluciones correspondientes.

">Por Lianet Arias Sosa.La Habana, 10 sep (PL) Los acuerdos adoptados en mayo pasado por el Consejo de Ministros cubano para continuar flexibilizando el trabajo por cuenta propia ya entraron en vigor, divulgó hoy aquí el diario Granma. El periódico refirió la publicación en el sitio digital de la Gaceta Oficial de la República de Cuba de los números extraordinarios 28 y 29, donde están contenidos los decretos-leyes y las resoluciones correspondientes.

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Por Lianet Arias Sosa.La Habana, 10 sep (PL) Los acuerdos adoptados en mayo pasado por el Consejo de Ministros cubano para continuar flexibilizando el trabajo por cuenta propia ya entraron en vigor, divulgó hoy aquí el diario Granma.

El periódico refirió la publicación en el sitio digital de la Gaceta Oficial de la República de Cuba de los números extraordinarios 28 y 29, donde están contenidos los decretos-leyes y las resoluciones correspondientes.

De esta forma, se elevan a 181 las actividades aprobadas para esta alternativa de empleo, al incluirse las de granitero, agente de seguro y organizador de servicios integrales para fiestas de quince, bodas, etc.

Asimismo, precisó el rotativo, la modalidad de carretillero asume la denominación: carretillero o vendedor de productos agrícolas en forma ambulatoria.

Mediante el Decreto-Ley 284 modificativo del 278, se extiende a 10 años el pago retroactivo de la contribución a la seguridad social, hasta ahora debía efectuarse en dos.

Además, quedan "exonerados de la obligación de afiliarse al régimen especial de seguridad social, la trabajadora de 60 años o más de edad y el trabajador de 65 años o más de edad".

Según la Resolución 299, del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), se procederá a las devoluciones de las cantidades pagadas por concepto de la Seguridad Social a las mujeres y hombres que, con estos requisitos de edades y siendo cuentapropistas, soliciten desvincularse de dicho régimen especial.

En el caso del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, la Resolución 298 del MFP exime del pago por las obligaciones generadas a partir del mes de julio y hasta diciembre de 2011, a los cuentapropistas por los cinco primeros trabajadores contratados.

A su vez, la Resolución 33 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social autoriza la contratación de trabajadores en todas las actividades, señaló el diario.

Otra de las modificaciones vigentes es la rebaja de la cuota mínima mensual del impuesto por el alquiler de habitaciones.

También se incluye la posibilidad de que los elaboradores vendedores de alimentos y bebidas mediante servicio gastronómico (paladares) posean 50 capacidades, 30 más que las anteriormente permitidas.

Las Gacetas que contienen estas disposiciones pueden consultarse en la página digital http://www.gacetaoficial.cu/, informó el texto.

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